La justicia obliga a la Seguridad Social a reconocer la antigüedad de un policía con efecto retroactivo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid insta a la Administración a actuar con “lealtad” y evitar al ciudadano un “peregrinaje” para ver reconocido un derecho


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha obligado a la Tesorería General de la Seguridad Social a reconocer la antigüedad, con efecto retroactivo, de un policía nacional y abonar todas sus cuotas atrasadas entre 2019 y 2022. El fallo insta a la Administración a actuar “con lealtad” y acabar con el “peregrinaje” judicial de un ciudadano para que se vea reconocido un derecho que ya había ganado en una sentencia previa. La resolución podría beneficiar a cientos de agentes en similar situación.
El policía opositó al cuerpo en 2019 y quedó excluido. El hombre recurrió por la vía judicial esta decisión que consideró irregular y la justicia le dio la razón y reconoció su derecho a ser admitido en el cuerpo con la misma antigüedad que el resto de sus compañeros de la misma promoción. La Dirección General de la Policía acató la decisión y lo incorporó al cuerpo con las mismas condiciones que el resto de opositores de su mismo año y le abonó el sueldo que había dejado de percibir en todo ese tiempo.
El policía ingresó su salario atrasado descontando el porcentaje de la cotización a la Seguridad Social, que sin embargo, se negaba a reconocer el abono de sus cuotas. La Seguridad Social alegaba que no había sido parte del proceso judicial y que el periodo reclamado ya estaba prescrito. Esta negativa afectaría al agente a efectos de cotización y jubilación, y el funcionario, representado por el abogado Antonio Suárez-Valdés recurrió esta decisión por la vía contencioso administrativa.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón de nuevo al demandante en una sentencia a la que ha tenido acceso Papallones. En el fallo judicial, el órgano reprende a la Administración y le recuerda que “está sujeta al principio de lealtad institucional” y que no debe “desarrollar conductas que obstaculicen o dilaten la efectividad de un derecho reconocido judicialmente”. La resolución insta a la Seguridad Social a no demorar más un derecho de un trabajador reconocido en una sentencia judicial previa: “La ejecución debe ser real y eficaz, evitando que el ciudadano se vea obligado a un peregrinaje por distintos órganos judiciales para materializar un derecho ya firme”.
“Es evidente que entre los efectos administrativos y económicos reconocidos en la resolución judicial se encuentra el de la antigüedad, y por ello el de figurar de alta en la Seguridad Social desde la misma fecha en que resultaron inscritos quienes superaron inicialmente aquel proceso selectivo”, apunta el letrado del opositor.
Suárez-Valdés destaca, además, que este no es un caso único, sino que hay otros cientos de agentes en esta misma situación y que esta sentencia será clave en todos esos casos. “Son cientos los opositores que son rechazados de forma ilegal en las oposiciones a policía y Guardia Civil y qué año tras año los tribunales de Justicia obligan al Ministerio del Interior a admitir tras los pertinentes recursos contencioso administrativos. En sus sentencias los tribunales vienen estableciendo con carácter reiterado la obligación Del Ministerio de Interior de admitir a dichos opositores con la misma antigüedad y efectos económicos qué lo hicieron sus compañeros en sus promociones de origen”, indica el abogado.
El Tribunal Superior de Justicia es tajante en su resolución: “La sentencia que reconoce la condición de funcionario con efectos retroactivos tiene por objeto la reparación íntegra del recurrente. La Tesorería General de la Seguridad Social no puede ampararse en el tiempo transcurrido durante el litigio para consolidar un perjuicio en la vida laboral del demandante”.
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