Galán objeta un acuerdo que amenazaba con poner barreras al aborto en Bogotá
El movimiento feminista había señalado los riesgos de crear requisitos para acceder a un derecho reconocido por la Corte Constitucional


Justo cuando se celebraba el cuarto aniversario de la despenalización del aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación, el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, tomó una decisión en defensa de ese derecho. El mandatario decidió no firmar una norma aprobada por el Concejo de la capital de Colombia, pues encontró que abría la puerta a condicionar el aborto, como habían denunciado previamente organizaciones sociales y juristas feministas. La autora de la llamada “Ruta por la Vida a mujeres gestantes, lactantes y la vida por nacer”, la concejal cristiana del partido Liberal Clara Lucía Sandoval, ha negado que la ruta busque limitar ese derecho y ha tildado a Galán de responder a la “conveniencia electoral” y de ser una “maniobra ideológica”. Por el contrario, la Defensoría del Pueblo respaldó al Gobierno distrital. Ahora el proyecto regresa al cabildo distrital, que debe modificarlo o archivarlo.
El sábado pasado, mientras decenas de mujeres se manifestaban con pañuelos verdes frente a la Corte Constitucional, la Secretaría de la Mujer de Bogotá publicaba el “concepto de no viabilidad del Proyecto de Acuerdo 340”. En él, la entidad, dirigida por la abogada Laura Tami, argumenta que el articulado aprobado por el Concejo incluye disposiciones inconstitucionales: al hablar de “alternativas a la IVE” (por Interrupción Voluntaria del Embarazo), “rompe el enfoque integral del derecho a la salud plena y no satisface el estándar constitucional de protección de los derechos sexuales y reproductivos”. Se refería a la creación de una ruta que, según el acuerdo, buscaba capacitar a los servidores públicos para ofrecer opciones diferentes a un aborto incluso si la gestante no lo pedía. También proponía dar una asesoría en salud mental bajo la idea de que solicitar una IVE podría indicar problemas emocionales.
Para los críticos de la medida, y ahora para el alcalde de centro, por esa vía se podían crear barreras a un derecho que, en la práctica, ya se enfrenta a demoras del sistema de salud en avalar la IVE, lo que ha llevado a casos en los que mujeres piden el aborto antes del límite de las 24 semanas pero, a través de dilaciones y requisitos médicos o entidades de salud postergan la decisión hasta cuando solo se aplican las tres casuales. La Corte Constitucional ha dicho que se trata de barreras administrativas que buscan anular un derecho.
Además de esos argumentos, la Secretaría de la Mujer señaló que el Concejo no es competente para crear la ruta y que esta produce duplicidad normativa, puesto que el Ministerio de Salud ya ha creado una ruta nacional de atención que no genera esos riesgos, pues no propone alternativas a la IVE. “En el marco de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género y en cumplimiento de nuestra misionalidad, la Secretaría de la Mujer promueve la garantía y progresividad de los derechos de las mujeres”, se lee en el comunicado público.
Antes de ese anuncio, que frena la creación de la Ruta — los acuerdos del cabildo solo rigen si los firma el alcalde—, se había pronunciado la Defensoría del Pueblo. Cuando el acuerdo fue aprobado a inicios de febrero, la entidad estatal de defensa de los derechos humanos alertó a la Secretaría Jurídica de Bogotá sobre los riesgos constitucionales y la posible creación de barreras en el acceso a la IVE. Se trataba de argumentos similares a los que, durante el trámite del acuerdo, habían presentado organizaciones y plataformas como Profamilia y la Mesa por la vida y la salud de las Mujeres, integrada por un centenar de oenegés y feministas.
La ponente ha asegurado que no propone reemplazar la Ruta Integral de Atención en Salud Materno-Perinatal, que es la nacional, sino complementarla. Alega que la existente es de tipo sanitario y la que ella propone está enfocada en el apoyo integral y la salud mental. “La discusión debe ser técnica, no ideológica. En una ciudad con la natalidad más baja de su historia, bloquear políticas de acompañamiento no es progreso, es irresponsabilidad”, ha insistido. Sin embargo, la resolución 051 de 2023 del Ministerio de Salud, que crea la ruta y regula lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia C-055 de 2022, contempla asesoría y acompañamiento emocional solo si la paciente lo demanda, no de forma obligatoria.
Tras el rechazo del alcalde, la definición queda en manos del Concejo. Si sus mayorías vuelven a aprobarlo, rechazando los argumentos de la Alcaldía sobre la inconstitucionalidad del acuerdo, será el Tribunal de Cundinamarca quien deba estudiarlas. No sería la primera vez que posiciones jurídicas distintas entre el Ejecutivo distrital y el concejo llegan a los jueces, incluso con Galán en el cargo, pero sí es la primera vez que se trata de un asunto de tanta importancia para las bancadas cristianas, el movimiento feminista y el derecho constitucional al aborto.
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