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Cataluña sanciona con hasta 100.000 euros a 17 empresas de crédito rápido

La Agencia Catalana de Consumo impone sanciones a los prestamistas por cláusulas y prácticas abusivas

Una mujer hace una compra por internet, en una imagen de archivo.Oscar Wong (Getty Images)

Cataluña estrecha el cerco a las empresas que ofrecen de forma abusiva créditos y préstamos rápidos y a medida, a menudo por Internet. La Agencia Catalana del Consumo, un organismo de la Generalitat, ha explicado que ha abierto expediente sancionador a 17 de estas empresas, con sanciones que van desde los 10.000 a los 100.000 euros. Las sanciones se basan en las cláusulas y prácticas abusivas que conllevan un perjuicio directo para los consumidores.

En esta ocasión, la agencia de la Generalitat ha evitado publicar los nombres de las empresas a las que ha sancionado. Pero se trata de 17 empresas del sector de los prestamistas, que comercializan créditos rápidos y a medida. Estas sanciones surgen de la campaña de inspección que llevó a cabo Consumo en la última parte de 2025, precisamente para controlar las condiciones en las que se comercializan estos créditos. El director de Consumo, Isidor Garcia, señala en un comunicado que “hay créditos que son especialmente peligrosos ya que se pueden conseguir fácilmente, pero también son los que más riesgo de sobreendeudamiento suponen para las personas consumidoras, a causa de los intereses y la falta de información previa”. Estos créditos se caracterizan por su concesión muy rápida, pero también por tener un precio más alto que otras opciones de financiación, y por un plazo de devolución corto.

La agencia explica que durante la inspección se llevaron a cabo controles de contenido de publicidad, y se supervisaron las ofertas y los contratos de un total de 21 empresas que ofrecen sus productos por Internet. En cuatro casos las actuaciones se archivaron porque las empresas inspeccionadas no se dedican directamente a la concesión de préstamos, sino que son comparadores de ofertas.

“Es imprescindible regular este tipo de créditos para proteger a las personas consumidoras, sobre todo porque a menudo recurren a ellos colectivos vulnerables y sin posibilidad de acceder a créditos ordinarios, cuando tienen que hacer frente a un gasto inesperado”, apunta Garcia. En este sentido, entre los incumplimientos más habituales hay el cobro de tipos de interés y de demora abusivos, no informar a los consumidores de la posibilidad de desistir del contrato en un plazo de 14 días desde su formalización (es decir, no informar del derecho de desistimiento en contratos a distancia), o incluir cláusulas que permiten al prestatario modificar unilateralmente el contrato.

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