Fiesta de la Constitución.
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia de la Magistratura de Trabajo de Cáceres que desestimó una reclamación de un grupo de trabajadores por haber contabilizado como hábil el 6 de diciembre, Día de la Constitución española. El magistrado de Trabajo declaró transcurrido el plazo legal de tres días hábiles para recurrir, sin tener en cuenta que uno de ellos era el 6 de diciembre, festivo en toda España desde 1986.-
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