La Fiscalía apoya el archivo de la causa contra la número tres de Ayuso tras cambiar de criterio
Un juzgado de Navalcarnero investiga a Ana Millán por los ingresos que recibió de un empresario cuando era concejal de Arroyomolinos por tráfico de influencias, cohecho y prevaricación

La Fiscalía ha pedido el sobreseimiento de la causa por la que se investiga a Ana Millán, exalcaldesa de Arroyomolinos, actual vicepresidenta de la Asamblea de Madrid y número 3 del PP de Madrid. Según la información adelantada por elDiario.es y a la que ha tenido acceso Papallones, El Ministerio Público cambia el criterio que ha mantenido durante los cuatro años que dura la instrucción en la que se atribuyen a la Millán los delitos de tráfico de influencias, cohecho, prevaricación y actividades prohibidas a funcionarios durante el tiempo en el que fue concejal del municipio madrileño.
La investigación busca esclarecer si hay relación entre los siete contratos públicos de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) obtenidos entre 2006 y 2011 por las empresas de Francisco Roselló, y que el empresario pagara la hipoteca y la comunidad de vecinos de un ático propiedad de Millán mientras era la edil al frente de esa cartera.
La diputada defiende que los 51.104,67 euros que recibió de la empresa y el empresario, según documentación judicial, eran simplemente el pago por el alquiler de su vivienda a favor de Roselló, que además habría realquilado el inmueble. Tanto la hermana como la pareja de Millán recibieron pagos de compañías vinculadas al empresario, y en concepto de rendimientos del trabajo y actividades económicas, según la documentación del juzgado. Además, en las cuentas de Millán “se localizaron numerosos ingresos en efectivo de origen desconocido con inicio también en 2008″, el mismo año en el que habrían empezado los pagos de Roselló y sus empresas por el alquiler y los servicios de la pareja y hermana de la política.
Para el Ministerio público, Millán ha justificado “la mayor parte de los ingresos en efectivo de origen desconocido”, mientras que el dinero que la hermana y el marido de la exregidora cobraron de la empresa investigada se debe efectivamente a “rendimientos por trabajos efectivamente realizados en empresas de Francisco Vicente Roselló Baldó sin que haya quedado acreditado que Ana Millán influyese para que su hermana y su pareja fuesen contratados en las empresas vinculadas a Francisco Vicente Roselló Baldó ni que los mismos fuesen contratados a fin de que las empresas obtuvieran algún tipo de trato de favor o beneficio por parte de Ana Millán por su condición en ese momento de concejal del Ayuntamiento de Arroyomolinos”.
Uno de los puntos clave para las acusaciones, que ejercen el PSOE y Más Madrid es que no está justificado que el empresario supuestamente involucrado en este trato de favor alquilara el apartamento de Millán al doble del precio de mercado, y que todos los ingresos de origen desconocido de la entonces concejal duren solo mientras se le adjudican los contratos a Roselló. La Fiscalía argumenta en su escrito que esta “conexión temporal” no supone un “indicio sólido de criminalidad” y considera que los ingresos que percibe Ana Millán por parte de Neverland Eventos SL se corresponden únicamente con el alquiler con opción de compra de un ático de su propiedad.
Millán defiende su inocencia, y el PP la apoya sin fisuras. La vicepresidenta de la Asamblea no consta formalmente como imputada, ya que el caso aún permanece en los juzgados de Navalcarnero y ella está aforada ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Esa situación es producto de una decisión inusual. En octubre de 2024, la jueza que instruye el caso vio “indicios sólidos y justificados” de la presunta comisión de cuatro delitos, y elevó el caso al TSJM. Sin embargo, este tribunal devolvió la investigación a Navalcarnero con la orden de que se completara la instrucción correctamente, al considerar la investigación “inconclusa”, y no compartir la relación de supuestos delitos. Tras este varapalo del TSJM a la instructora, la Fiscalía se adhiere a este criterio, al contrario del mantenido durante los cuatro años previos.
El Ministerio Público pide el archivo cuando todavía quedan pruebas testificales pendientes. De hecho, la jueza que instruye el caso de Millán ha citado como testigo a su pareja para que comparezca el 3 de junio, a las 9.30.
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