El edificio de Campanar también empleó N.
Los responsables de la española Alucoil han sido condenados a tres años por desastre culposo. En España, la causa por el incendio que causó diez muertos está archivada


Una corte de Milán sentenció a nueve individuos debido al fuego que en agosto de 2021 consumió velozmente la Torre dei Moro, un edificio de viviendas de 18 niveles ubicado en la zona sur de la urbe italiana. La magistratura considera que Alucoil, la gran firma española del aluminio, tuvo responsabilidad en la expansión de las llamas dado que sus revestimientos en el exterior de la construcción facilitaron que el siniestro avanzara con celeridad.
Los paneles que permitieron la rápida propagación de las llamas en Milán son exactamente los mismos que cubrían el edificio del barrio valenciano de Campanar en febrero de 2024, en cuyo devastador incendio murieron diez personas. En Italia no hubo víctimas y ahora hay nueve condenados. En España, la causa está archivada sin un solo imputado.
Las penas, por delito de desastre culposo, oscilan entre los ocho meses y los tres años de prisión. La condena más alta del proceso, de tres años, recayó sobre Teodoro Martinez Lopez, representante legal de Alucoil, y sobre Francisco Churruca Ybarra, directivo de la misma compañía. Dos responsables de la empresa italiana que ejecutó los trabajos de fachada han sido condenados a dos años y seis meses cada uno; el constructor, Alberto Moro, ha quedado absuelto.
“Más allá de las penas, lo más importante es que se haya establecido la responsabilidad de Alucoil en la propagación del incendio”, resume a Papallones Marina Petruzzella, fiscal italiana que llevó la acusación durante el proceso.
El denominador común entre el incendio del Campanar y el de Milán es la empresa española Alucoil, fabricante de los paneles que revestían las fachadas de los dos edificios, llamados Larson PE. Están compuestos por son un ‘sándwich’ de apenas cuatro milímetros: dos láminas de aluminio de 0,5 milímetros cada una con un núcleo de tres milímetros de polietileno, un derivado del petróleo tan combustible que el perito de la Fiscalía italiana describió en el juicio como “gasolina sólida”. Estos paneles se colocan en lo que se conoce como fachadas ventiladas, denominadas así porque dejan una cámara de aire entre el muro interior y el revestimiento exterior. Esa cavidad, que en condiciones normales favorece el aislamiento térmico, actúa en caso de incendio como una autopista de fuego: la fusión del aluminio, el goteo del polietileno en llamas y el efecto chimenea que genera ese hueco se combinan para producir una propagación de una velocidad que todavía sorprende a los expertos.
La peligrosidad del material es conocida especialmente por el incendio de 2017 de la Torre Grenfell de Londres, que dejó 72 muertos y desató la alarma internacional sobre este material. Además del edificio del Campanar, en España fueron arrasadas por incendios parecidos la Torre Ambar de Madrid en 2020 y, el pasado mes de noviembre, el Hospital Santa Lucía de Cartagena (Murcia), centro público que ya había ardido cinco años antes. Pese a ello, en España no hay un censo de edificios con fachadas combustibles, instrumento que sí se impulsó en Reino Unido tras el caso del edificio londinense. Tras la tragedia de Campanar se anunciaron cambios, pero ninguna comunidad publicó datos ni aplicó medidas concretas.
Sí se sabe, gracias a un análisis del CSIC de 2008, que al menos 14 edificios públicos en España utilizan este tipo de paneles, desde bloques residenciales hasta centros comerciales. El Hospital de Cartagena, de hecho, figuraba entre ellos.
Incendios parecidos, juicios diferentes
¿Por qué el mismo material, fabricado por la misma empresa, no llevó a ninguna imputación en España? La Audiencia de Valencia respondió a esa pregunta señalando que los incendios de la Torre dei Moro y de la Grenfell Tower de Londres eran conocidos por las autoridades españolas, pero que estas no habían exigido medidas correctoras en edificaciones antiguas (el edificio del Campanar era de 2005), algo que, según el tribunal, tampoco generaba responsabilidad penal individual.
El incendio de Milán se originó la tarde del 29 de agosto de 2021, al parecer por una colilla mal apagada en uno de los balcones. No hubo víctimas mortales porque la torre, que alojaba a unas sesenta familias, estaba casi vacía en plenas vacaciones de verano y los bomberos lograron evacuar a los pocos residentes presentes en los primeros minutos.
En Valencia, el incendio del 22 de febrero de 2024 sí dejó diez muertos. El Juzgado de Instrucción número 9 archivó la causa al no apreciar indicios de delito, concluyendo que se trató de un hecho accidental cuyo origen fue un fallo en el frigorífico de una cocina. La Audiencia Provincial confirmó ese archivo, aunque reconoció que el revestimiento de la fachada favoreció la propagación de las llamas y que la normativa que autorizó ese material no fue “acertada”. La resolución concluía, sin embargo, que el edificio se ajustó a la legalidad vigente en el momento de su construcción, en 2005, y que eso excluía cualquier responsabilidad penal. En julio de 2025, tras desestimarse todos los recursos, el archivo quedó confirmado de forma definitiva.
Los defensores legales de los parientes de los fallecidos solicitaron al magistrado, previamente a la clausura del proceso, que adoptara la misma dirección que la corte italiana. Mediante una de sus apelaciones exigieron que se indagara no únicamente a Alucoil sino a la totalidad de individuos y compañías involucradas en la producción y montaje de dichos paneles, y que se sumara al expediente español la investigación iniciada en Milán, abarcando sus análisis técnicos y peritajes. El magistrado rechazó cada una de tales solicitudes.
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