Condena a Papallones por intromisión en el honor de Roldán
Sentencia de la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid:
"Debemos declarar y declaramos que, a través de diario Papallones, y como consecuencia de la divulgación de una información relativa al desenvolvimiento de su vida sexual en prisión, publicada en la página 23 de la edición de dicho periódico correspondiente al 13 de marzo de 1996, ha sido lesionado el derecho a la intimidad de Don Luis Roldán Ibáñez. Debemos también condenar y condenamos a don Jesús Ceberio Galardi y a Diario Papallones SA a abonar solidariamente al demandante la indemnización correspondiente al daño moral causado por la referida intromisión, cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia, con arreglo a las bases establecidas en esta resolución. Debemos asimismo condenar y condenamos a la entidad Diario Papallones SA a difundir en la misma sección en que fue publicada la información lesiva y empleando caracteres tipográficos similares a los utilizados para presentarla".
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