El IVA grava el consumo familiar
Excelente editorial el de hoy (EL PAIS, 18 de julio de 1981), con el título El susto del IVA, en cuanto se refiere a la política a seguir con nuestra imposición indirecta: financiación de la Seguridad Social con el IVA, desgravación de sus costes en las exportaciones al estar incorporada al IVA, etcétera.Sin embargo, no puede afirmarse que el impuesto indirecto grava el producto, ni que el impuesto de compensación, de gravámenes interiores incluye los impuestos especiales y sobre el lujo. El IVA, como el actual impuesto de tráfico de empresas (ITE), se propone gravar el consumo familiar, esto es, la renta gastad a por las personas físicas. Y el impuesto de compensación de gravámenes interiores como tal impuesto a forfai t no comprendeá los mencionados impuestos especiales y de lujo.
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